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Cómo
el usuario debe hacer valer sus derechos.
Cuando el responsable no quiere dar la cara, los entes
defensores del usuario entran en acción.
Nota de
Marina Zucchi, para el suplemento Autos, diario Clarín.
Un conductor
se detiene en el peaje de una autopista y de pronto,
inesperadamente, la barrera baja antes de tiempo y destruye
el parabrisas. Ante tamaña situación el
conductor queda perplejo y el único interrogante
que le da vueltas en la cabeza es ¿y ahora, quién
se hace responsable?
Se trata
de situaciones de la vida real, muchas incluso ocurrieron
mientras el equipo de test del suple Autos recorría
las rutas del país. Y la pregunta fue ¿sabemos
realmente cómo reclamar?
Desde que
en nuestro país el número de entidades
destinadas a la defensa del consumidor y el usuario
comenzaron a proliferar, la tendencia de reclamar creció
a pasos agigantados.
Muchos,
por suerte, hacen valer sus derechos y no se quedan
de brazos cruzados. Pero, todavía a un buen número
de conductores les ocurren situaciones en autopistas,
rutas, calles y estacionamientos. Y ante la desinformación
no pueden actuar.
La primera
gran defensa la brinda nada menos que la Constitución
Nacional, que en su artículo 42 ampara esas cuestiones:
"Los consumidores y usuarios de bienes y servicios
tienen derecho, en la relación de consumo, a
la protección de su salud, seguridad e intereses
económicos(...)". Incluso la Ley 24.240
también las contempla.
Sin embargo,
los trámites se vuelven arduas luchas burocráticas,
donde se pierde la paciencia, porque las indemnizaciones
no son inmediatas.
Las
soluciones alternativas
¿Vale
la pena llevar adelante un juicio por cuestiones de
tan poca relevancia? La realidad es que el proceso es
desgastante y el costo de la indemnización muchas
veces no lo justifica.
"Siempre
hay que evaluar si se justifica un juicio. No hay que
olvidar que existen mediaciones que posibilitan llegar
a acuerdos en plazos cortos", advierte la abogada
Diana Rosenfeld, del Centro Caballito, en el cual se
desarrolla un plan de asesoramiento, dependiente del
Ministerio de Justicia.
Allí,
gratuitamente, empresas y damnificados, con ayuda de
un mediador, se sientan para llegar a un acuerdo conjunto.
También
está el arbitraje. Se diferencia de la mediación
porque si no hay acuerdo de las partes, los árbitros
emiten un laudo arbitral (un pronunciamiento), que es
obligatorio.
A continuación,
una guía para estar prevenido e informarse.
Animales
sueltos en la ruta
No resulta
nada extraño que en los caminos hacia el interior
del país se crucen animales como caballos o vacas.
"El
responsable ante un choque es el propietario del animal",
asegura el coordinador del Sistema Nacional de Arbitraje
de consumo, dependiente de la Subsecretaría de
Defensa de la Competencia y del Consumidor, José
Luis Laquidara.
¿Cómo
saber si los animales tienen dueño? Porque presentan
una marca tatuada.
Laquidara
explica que inmediatamente se debe avisar a la policía,
dirigirse al puesto de peaje más cercano o bien
utilizar los teléfonos de emergencias que se
encuentran al costado del camino.
Luego, la
queja se deberá presentar ante la empresa concesionaria,
y en el caso de caminos no concesionados a la Dirección
Nacional de Vialidad.
Si el caso
se lleva hasta la justicia, hay que saber que en cada
situación hay un fallo diferente, porque deberán
determinarse cuestiones más complejas, como la
velocidad a la que iba el vehículo y la pertinente
señalización en la ruta, entre otras cuestiones.
En el año
2000, por ejemplo, un fallo judicial condenó
no sólo al dueño de un animal sino también
a una empresa que cobraba el peaje en una ruta provincial.
En esa oportunidad
los jueces consideraron que "velar por el desenvolvimiento
regular de la circulación en los corredores viales
no es una obligación accesoria, extraña
a los concesionarios, sino muy propia de la índole
del servicio".
El
bache en el camino
En el estado
en que se encuentran muchas calles y caminos del país,
no es de extrañar que un tremendo bache produzca
alguna rotura en el auto.
Si se produce
en una ruta concesionada, habrá que reclamar
ante la empresa a cargo. Si ocurre en una ruta no concesionada
la queja se eleva a la Dirección Nacional de
Vialidad, y en la calle, tendrá que responder
la municipalidad correspondiente.
Siempre
hay que realizar el reclamo por escrito. Es cierto que
las protestas son muy pocas veces escuchadas, por eso
en caso de no obtener respuesta, los organismos de defensa
del consumidor son ideales para ayudar a plantear un
resarcimiento.
"Es
necesario que el damnificado se nutra de inmediato de
la mayor cantidad de pruebas necesarias, como fotografías
del auto en el lugar, testigos y todo lo que pueda demostrar
que estuvo allí en ese momento", dice Laquidara.
El
árbol que aplasta el auto
Dejar el
vehículo estacionado en la calle y al regreso
encontrarlo aplastado por un árbol es una situación
terrible que a más de uno le ha ocurrido.
El usuario
podrá demandar al municipio correspondiente por
no tomar las debidas precauciones del cuidado de la
vía pública.
En la Ciudad
de Buenos Aires, por ejemplo, el organismo vinculado
es la Dirección General de Espacios Verdes.
¿Cómo
se procede? Hay que saber que el trámite requiere
de una parva de papeles.
En la sede
de este organismo (Pellegrini 211) el usuario debe presentar
una nota solicitando el pago de daños, junto
con una denuncia policial y tres presupuestos de la
reparación.
Y a esos
papeles hay que agregar copias de la cédula verde
y del título automotor (ambos certificados por
un agente del Gobierno de la Ciudad) más la copia
de la póliza de seguro.
Daños
y robos en estacionamientos
Está
claro que, si tras una mala maniobra en un estacionamiento,
un vehículo choca a otro estacionado, el conductor
del primer auto debe responsabilizarse por el daño.
¿Pero
si el auto lo estaciona un empleado del estacionamiento?
El propietario de la cochera deberá responder
por los gastos. Lo mismo ocurre cuando uno encuentra
el coche estacionado con algún golpe u otro problema
estético.
¿Y
ante un robo? Contrariamente a lo que indican los carteles
("el garage no se hace responsable ante ningún
tipo de robos y hurtos"), el cliente debe ser indemnizado.
Así
lo establece el artículo 37 de Defensa del Consumidor,
que aclara que carecen de validez las cláusulas
por las que las empresas pretenden liberar responsabilidades
ante el consumidor. En el caso de las playas de estacionamiento
de supermercados pasa lo mismo. Debería responder
el propio supermercado o empresa contratada para el
servicio, porque "se entiende que su obligación
es brindar seguridad ya que es una ventaja que le da
al cliente para que concurra", explica la titular
de ADECUA, Sandra González.
Grúas
que dañan el auto
¿Y
si el auto está estacionado en un lugar prohibido
y cuando lo remolcan lo dañan? Así como
uno debe responsabilizarse por la infracción,
la empresa a cargo del remolque deberá afrontar
ese daño.
Claro que
en este país, primero se abona y luego se reclama.
Es probable que la empresa exija una nota por escrito.
En este caso ocurre igual que con los anteriores: cuando
no se recibe contestación hay que acudir a los
organismos de defensa del consumidor.
Cargas
que caen desde un camión
Si de un
vehículo que transporta materiales cae una piedra,
un ladrillo o elemento que pueda dañar a otro
auto, se debe exigir el resarcimiento al conductor del
camión, quien responderá con su seguro
porque no sujetó la carga como corresponde.
Lo primero
que debe hacer el conductor del auto es pedir al chofer
que se detenga a un costado para tomarle los datos.
Una vez
que obtiene la identificación del chofer, su
número de documento, su compañía
de seguro y el número de patente, debe hacer
la denuncia en su propia aseguradora y en la policía.
La
piedra en el camino
Si un auto
levanta una piedra del camino y ésta impacta
contra el parabrisas de otro vehículo y lo astilla,
será toda una aventura lograr que las empresas
respondan. Aunque los abogados especialistas consideran
que éstas deberían mantener el camino
despejado y seguro.
"El
sentido común indica que si es una ruta concesionada,
hay que ampararse en la relación de consumo.
Alguien debe velar por el buen mantenimiento",
asegura Laquidara.
Barreras del peaje contra el parabrisas
Si la barrera
del peaje cae antes de tiempo y astilla un parabrisas
o aplasta una antena, el resarcimiento económico
es un derecho a exigir.
Lo primero
que hay que saber es que el ticket representa un arma
vital para reclamar ante cualquier contratiempo, por
lo tanto siempre hay que conservarlo.
Si ante
el reclamo en la cabina, la empresa se desliga de las
responsabilidades, hay una opción válida
antes de recurrir a la Justicia: el Ente de la Ciudad,
que se encarga de tratar reclamos, consultas y denuncias
respecto de servicios tercerizados y atiende gratis.
El trámite
a seguir, claro, implicará armarse de paciencia.
Se deberá llevar al ente una copia del reclamo
escrito que se realizó ante la empresa, una nota
propia que detalle lo ocurrido, un presupuesto de arreglo,
el ticket del peaje, la cédula verde del automóvil,
el DNI y la licencia de conductor.
El caso
es estudiado para ver si hay incumplimiento y de comprobarlo
puede llegar a multar a la empresa o instarla a hacerse
cargo económicamente del daño.
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